NACIONALES
26 de marzo de 2015
La Cámara desestimó la denuncia de Nisman contra la Presidenta y ya suma su segundo rechazo judicial
El tribunal definió desestimar por mayoría la presentación de Alberto Nisman. Consideraron que no hubo delito en la acusación del fallecido fiscal por supuesto encubrimiento del atentado a la AMIA. El fallo completo.
La Cámara Federal desestimó hoy la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman contra la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y otros seis imputados por el supuesto encubrimiento de los iraníes acusados por la voladura de la sede de la AMIA, que el ex titular de la UFI-AMIA realizó cuatro días antes de morir.
La Sala I, con los votos de Eduardo Freiler y Jorge Ballestero rechazó por inexistencia de delito la acusación de Nisman contra la Presidenta, el canciller Héctor Timerman, el diputado Andrés Larroque, Luis D'Elía y Fernando Esteche, entre otros, sustentada en una serie de escuchas entre Alberto "Yussuf" Khalil, un supuesto enviado de Irán, y D'Elía, para negociar la firma del Memorándum de entendimiento. En cambio, Eduardo Farah votó en disidencia.
Según Nisman, ese Memorándum firmado entre la Argentina e Irán, que tenía por fin interrogar en Irán a los sospechosos del atentado, en realidad fue una herramienta destinada a garantizar la impunidad de los buscados, ya que su efecto sería la caída de las circulares rojas de Interpol que tenían cinco de los acusados. Sin embargo, esas notificaciones nunca fueron dadas de baja, incluso las propias autoridades de Interpol ratificaron que Argentina jamás las puso en juego y siempre reafirmó que debían permanecer firmes.
Con voto dividido, los camaristas resolvieron hoy desestimar esa denuncia, en sintonía con el fallo del juez Daniel Rafecas, que fue apelado por el fiscal Gerardo Pollicita y así llegó a la Cámara, donde el fiscal Germán Moldes también decidió darle curso a la investigación. Ahora el propio Moldes podría apelar ante la Cámara de Casación Penal, el máximo tribunal penal del país por debajo de la Corte Suprema. En ese caso, deberá sortearse qué sala interviene para determinar si confirma o no la resolución de la Cámara Federal.
De esta manera, la Sala I ratificó el fallo del juez Rafecas y entendió que no había que abrir la investigación por presunto encubrimiento porque no hay delito. ¿Por qué? Al respecto, del fallo se desprende que "esa carencia probatoria, que el mismo recurrente admite, no puede ser sorteada mediante la senda propuesta, esto es, inaugurando una pesquisa para obtener una prueba que no se tiene".
"Es la presencia de una evidencia la que debe motivar la promoción de una investigación penal, y no a la inversa, habilitando la más coactiva de las actividades estatales para obtener algo que justifique su actuar", sostiene.
A continuación el fallo completo para descargar en PDF.