El gobierno vetó este martes un artículo que mejoraba las jubilaciones de los ex combatientes de Malvinas. "En ningún caso, el haber resultante podrá ser menor que el equivalente a dos jubilaciones mínimas del Sistema Integrado Previsional Argentino", decía el artículo Nº3, que el Ejecutivo vetó.

El beneficio formaba parte de la ley 27.329, sancionada por el Congreso en noviembre y promulgada ayer en el Boletín Oficial.

La posibilidad de la jubilación anticipada es un hecho para quienes combatieron en la guerra de 1982 entre Argentina y Gran Bretaña, pero el Poder Ejecutivo "observó" un artículo en el que se fijaba el cobro de dos jubilaciones mínimas.

El artículo era justamente uno de los reclamos más importantes para los ex conscriptos, que argumentaron su imposibilidad de reinsertarse en el mercado laboral tras la guerra. La pérdida del ítem que garantizaba el cobro de dos jubilaciones mínimas ya generó un fuerte malestar en los representantes del sector.

"En virtud del esfuerzo"

El objetivo del sistema previsional es establecer "el otorgamiento de las prestaciones por vejez en virtud del esfuerzo contributivo realizado por los trabajadores a lo largo de toda su vida activa y cuyo haber es el resultante de dicha historia laboral", aclara el gobierno al justificar el veto parcial que aplicó sobre la ley.

Y agrega que "no se encuentra fundamento para establecer un haber mínimo diferencial que no guarde relación" con los aportes.

Nuevo régimen

El nuevo "régimen especial previsional" establece la posibilidad de jubilarse anticipadamente a quien tenga 53 años y haya realizado 10 años de aportes, tomando como parte de estos los dos años prestados como conscripto.

De esta manera, el régimen pone en consideración la menor expectativa de vida de aquellos que participaron en el conflicto bélico, que se calcula aproximadamente en 10 años menos que un civil común.

"El veto parcial es una vergüenza", sostuvo Ernesto Alonso, miembro del Centro de Ex Combatientes de las Islas Malvinas de La Plata (Cecim).