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PROVINCIALES

10 de julio de 2018

Según la ministra Romero, los fiscales impugnados deberán revalidar

“Hay que poner en marcha el sistema del Consejo de la Magistratura para quienes ocupan esos lugares y corroboren sus actitudes, obedeciendo la sentencia judicial”, dijo la ministra de Gobierno. La procuradora adjunta, por su parte, había dicho que los impugnados por el Superior Tribunal de Justicia “seguirán siendo fiscales auxiliares” y que “más allá de la inconstitucionalidad, tienen estabilidad porque fueron designados con el procedimiento vigente en ese momento”.

La inconstitucionalidad de la designación de los fiscales auxiliares tiene una sola solución: avanzar en una reforma en el Consejo de la Magistratura. Así lo demanda la sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que impugnó el artículo 50 de la Ley Número 10.407, reglamentaria del Ministerio Público, que autorizaba al procurador general, Jorge Amílcar Luciano García, a realizar concursos internos y cerrados entre funcionarios judiciales para nombrar esos cargos en el marco de la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal.

“Era un tema opinable al punto tal que se llegó a una sentencia judicial. De todos modos siempre hay que ser respetuoso de las decisiones de los tribunales”, dijo la ministra de Gobierno, Rosario Romero.

Para la funcionaria, “independientemente de los recursos y de todo lo que se puede interponer, básicamente las sentencias se dictan para ser acatadas”. “Hay que poner en marcha el sistema del Consejo de la Magistratura para quienes ocupan esos lugares y corroboren sus actitudes, obedeciendo la sentencia judicial ni bien quede firme o antes de que quede firme si los involucrados están dispuestos.”, sostuvo en declaraciones al programa El Colectivo, que se emite por Radio Mitre Concordia.

Romero bregó para que cuanto antes se lleven adelante esos concursos, “para que la indudable preocupación que hoy debe primar en las personas que están designadas por un concurso que no ha sido convalidado por el Poder Judicial pueda tener una resolución”.

La procuradora adjunta, Cecilia Goyeneche, le había dicho a Página Judicial que “los fiscales auxiliares habían sido designados por concursos internos cuando todavía no estaba vigente la Ley Orgánica del Ministerio Público, con lo cual adquirieron estabilidad, por lo tanto, seguirán siendo fiscales auxiliares” y agregó que “más allá de la inconstitucionalidad decretada por el STJ, los fiscales tienen estabilidad porque fueron designados con el procedimiento vigente en ese momento, con lo cual van a seguir en sus cargos”.

Sucede que la ley por la que rige el Consejo de la Magistratura no contempla la figura del fiscal auxiliar que requiere el nuevo sistema acusatorio puesta en marcha desde el año 2008 en Concordia. Se terminó de imponer en todo el territorio provincial en 2014.

La Legislatura, en todos estos años, no adecuó (o reglamentó) la ley por la que funciona el organismo asesor unificando criterio con el Código Procesal. De allí la similitud del caso de los fiscales auxiliares con la designación de Guillermo Smaldone como presidente del Tribunal de Cuentas. Sin bien los fiscales sí concursaron y el ex funcionario no, la inconstitucionalidad llegó por la falta de adecuación, en el ámbito legislativo, de una manda constitucional. En resumen: Smaldone no concursó porque no había ley de concurso, por lo tanto fue designado con el sistema vigente (así lo entendió García); y los fiscales sí lo hicieron, pero mediante una ley que se contraponía a la Constitución.   Federico Malvasio - De la Redacción de Página Judicial
 

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