NACIONALES
17 de diciembre de 2014
Por ley, podrán sancionar a policías que abandonen servicio
Aprobaron el proyecto que establece sanciones para los casos de abandono de servicio de las fuerzas, como sucedió en diciembre de 2013 en Entre Ríos y otras provincias. Contempla penas que de entre dos y ocho años de prisión.
El Frente para la Victoria avanzó luego con el proyecto que prevé sanciones a los policías que dejen de prestar servicios, un escudo legal para evitar las consecuencias de las protestas que ocurrieron hace un año.
Es para castigar a los policías que abandonen sus puestos, tal como sucedió por reclamos salariales en distintas provincias, como por ejemplo en Entre Ríos, donde el epicentro fue Concordia. Actualmente hay una causa judicial en la que se acusa de "sedición" a 17 policías y que llegará a juicio el año que viene, según estiman fuentes judiciales.
El proyecto
El proyecto es de Aníbal Fernández, quien este martes fue nombrado como nuevo secretario de la Presidencia. El proyecto sustituye el artículo 252 del Código Penal, incorporando penas para miembros de las fuerzas de seguridad nacionales, provinciales, porteñas o de una agencia estatal armada, que “a sabiendas” abandonen “injustificadamente” su servicio o “maliciosamente omitieren la prestación regular de su función”.
Las penas previstas en el texto van de 750 a 12 mil 500 pesos e inhabilitación especial de un mes a un año, para aquel “funcionario público que, sin habérsele admitido la renuncia de su destino, lo abandonare con daño del servicio público”.
Asimismo establece que el oficial “será reprimido con pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble tiempo de la condena”.
Además, “si, como consecuencia del abandono u omisión tipificado se produjeren daños a bienes de la fuerza, bienes de terceros, lesiones o muerte de sus camaradas o terceros, se aplicará una pena de prisión de dos a ocho años e inhabilitación absoluta para desempeñar cargos públicos”.
Penas para militares
La iniciativa también contempla el caso de las Fuerzas Armadas, al establecer que “el militar que abandone su servicio, su destino o que deserte en tiempo de conflicto armado o zona de catástrofe, será penado con prisión de uno a seis años”.
De manera similar al caso de las fuerzas de seguridad, indica que “si como consecuencia de su conducta resulta la muerte de una o más personas, se sufrieren pérdidas militares o se impidiese o dificultase la salvación de vidas en supuesto de catástrofe, el máximo de la pena se elevará a 12 años”.
“En cualquier caso se impondrán las penas aquí previstas siempre que no resultare un delito con pena más grave”, determina el proyecto.