Viernes 29 de Marzo de 2024

Hoy es Viernes 29 de Marzo de 2024 y son las 07:02 - Semanario La Voz - Federal - Entre Ríos - Semanario La Voz - Federal - Entre Ríos

PROVINCIALES

3 de noviembre de 2016

Se declaró la inconstitucionalidad del convenio entre el Estado provincial y NBersa

El juzgado de Transición y Garantías de Nogoyá declaró inconstitucional el convenio suscripto entre el Estado Provincial y el Nuevo Banco de Entre Ríos (NBersa) y condenó a la empresa a restituir las sumas indebidamente descontadas desde 2016

A raíz de una petición de una jubilada docente provincial se declaró la inconstitucionalidad del convenio suscripto entre el Estado Provincial y el NBersa,  en el marco de una acción de amparo.

Rosa Estela Catalina Almiron, es docente jubilada, percibe sus haberes de la Caja de Jubilaciones de la Provincia de Entre Rios. Invocó que sus haberes venían siendo objeto de descuentos realizados en el marco del convenio de Agente Financiero, que habilita a descontar hasta el 40 por ciento neto de sus haberes en razón de la clausula quinta del celebrado entre el gobierno de Entre Ríos y el NBersa, autorizado por el anexo I, de la Ley provincial 9645.

En ese marco, la jubilada peticionó la inconstitucionalidad y consecuentemente la devolución de los haberes ilegítimamente descontados de acuerdo a su relato judicial.  En el mismo invocó la Ley nacional 13984 que declara inembargables los sueldos, salarios, pensiones y jubilaciones de los empleados y obreros de la Administración nacional, provincial y municipal y de las entidades autárquicas, y que establece que en lo sucesivo solo se podrán garantizar las obligaciones derivadas de los prestamos de dinero, afectando a su cumplimiento hasta el 20 por ciento de su remuneración nominal mensual.”  En ese marco, precisó que le afectaba el 33,48 por ciento de sus haberes.  También denunció el incumplimiento del mecanismo “Stop débit”, que obliga a las entidades bancarias a no efectuar débitos o descuentos que en caso de una orden expresa del cliente o persona suficientemente autorizada.

La jubilada se respaldó en tratados internacionales de derechos humanos y legislación del consumidor.

COMPARTIR:

Comentarios