PROVINCIALES
8 de junio de 2016
La reglamentación del Tribunal de Cuentas tensa la convivencia legislativa en Diputados
El oficialismo quiere aprobar un proyecto que reglamenta las designaciones y ratifica al actual presidente Smaldone. Cambiemos impulsa otra iniciativa. En tanto, se espera un fallo del STJ que podría dejar vacante la titularidad del cuerpo.
En la Camara de Diputados tuvieron ingreso por estas horas dos proyectos para reglamentar el funcionamiento del Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la luz de lo señalado por la reforma de la Constitución de Entre Ríos de 2008. La Legislatura tenía un año para hacerlo, pero se sabe que se retrasó injustificadamente en reglamentar lo establecido en el proceso reformista.
Si bien hay otros procesos similares en marcha, donde el oficialismo y la oposición han logrado unificar las propuestas, este caso se presenta diferente y podría comenzar a marcar diferencias en el ámbito legislativo, concluyendo un período inicial de entendimiento casi total entre las diferentes bancadas.
El proyecto del oficialismo fue presentado por el presidente de la Cámara, Sergio Urribarri, y por el presidente del bloque, Juan José Bahillo, por lo que se entiende que tiene el apoyo de toda la bancada mayoritaria, aún de algunos legisladores que dejaron trascender que se enteraron por los diarios del mencionado proyecto. La iniciativa reguladora de la oposición -son dos proyectos- es impulsada por el presidente del bloque oficialista, Sergio Kneeteman.
El punto de la discordia es que la iniciativa oficialista incluye la ratificación en el cargo del actual presidente del Tribunal de Cuentas, Guillermo Smaldone, quien obtuvo acuerdo del Senado para ser designado el 6 de mayo de 2014, en medio de una importante polémica ya que la oposición -fundamentalmente el radicalismo- reclamaba que el cargo se definiera por concurso.
Sosteniendo que el mecanismo no estaba reglamentado, el entonces gobernador Urribarri acudió al viejo mecanismo de la propuesta del Ejecutivo y el acuerdo de la Cámara alta. Hasta ese momento, Smaldone se desempeñaba como ministro de Trabajo de la Provincia.
La oposición, por su parte, sostenía que pese a no estar aprobada la ley reglamentaria, el Ejecutivo debía poner en marcha el nuevo mecanismo (concurso). En ese momento un proyecto de ley reglamentario contaba con media sanción de Diputados, y los mismos senadores que dieron acuerdo a Smaldone podrían haber completado la sanción de esa ley.
El exsenador radical por el Departamento San Salvador y exconvencional constituyente Juan Carlos Arralde presentó en la Justicia una demanda de inconstitucionalidad por ese nombramiento, reclamando que se deje sin efecto el nombramiento de Smaldone y se concurse el cargo. Planteó que se declare “formalmente la inconstitucionalidad e invalidez” de la designación y que se ordene al Ejecutivo reglamentar el artículo 217 de la Constitución de Entre Ríos para llenar la vacancia en la presidencia del Tribunal por concurso, tras la salida del expresidente Hugo Molina.
Según se sabe, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) tiene el caso a despacho desde febrero de 2015. En las últimas horas trascendió, de boca de legisladores opositores, que la votación vendría “reñida” y por no eso no descartan un fallo adverso al oficialismo. Ante esta circunstancia, la sanción de una ley reglamentaria que incluya la ratificación de la designación de Smaldone en el cargo terminaría blindando al actual presidente del organismo revisor, advierten los legisladores opositores.
El escenario legislativo no es tan simple como lo describe esta nota, ya que hay otros elementos que podrían pesar en el panorama político-institucional, y la discusión gira en todo caso en torno de la magnitud de su incidencia. ¿Qué elementos? Podría ser, por ejemplo, la actitud de dirigentes del justicialismo que se declaran dispuestos a impulsar investigaciones sobre la conducta y el patrimonio de miembros del STJ,y eventualmente pedir que se analice su destitución; y la eventual respuesta a modo de correctivo que significaría que ese cuerpo deje caer al presidente del TC impulsado por Urribarri y -al decir de los legisladores radicales- deje sin “cobertura” a la gestión que concluyó en diciembre.
El proyecto del oficialismo dispone que el presidente y los dos vocales permanentes serán elegidos por intermedio del Jurado de Concursos que a tal efecto se implemente, mientras que los dos vocales transitorios, representantes de los legisladores, deberán ineludiblemente tener título de abogado o contador. Por la naturaleza esencialmente política de la representación que invisten estos últimos, se ha establecido que podrán ser removidos por la mayoría de la Cámara de Diputados, o por la minoría, según sea el sector político que representen.
Además, teniendo en cuenta que el presidente del Tribunal debe ser abogado, se estableció que la subrogación legal le corresponde a un vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Para la designación de los fiscales se exigen los mismos requisitos que para ser vocal del organismo. La designación de sus secretarios Letrado y Contable será una atribución del Tribunal, pero previo concurso de antecedentes y oposición.
También se mantiene la división de la competencia para el control en tres vocalías a cargo de los miembros permanentes del Tribunal, y se dota a los vocales “parlamentarios” de la facultad de realizar una suerte de “control del control”, ya que ellos pueden tener injerencia en todo lo que es competencia de las tres vocalías permanentes, sugerir cursos de acción, solicitar informes y medidas para profundizar una investigación, entre otras posibilidades.
A las facultades que la Ley Nº 5.796 le otorgaba al Tribunal de Cuentas se le adicionaron las que la reforma constitucional le agregó. Para el control preventivo se estableció que el Tribunal podrá intervenir en aquellas contrataciones de gran significación. En cuanto a la posibilidad de realizar tareas de asesoramiento, se agregó la facultad otorgada a las cámaras legislativas para que puedan requerir tal labor al organismo.
Finalmente, se incorporó un artículo específico ordenando al Ejecutivo que constituya, en un plazo de 30 días, el Jurado de Concurso previsto en la Constitución para cubrir las vacantes de los miembros estables del Tribunal y sus fiscales que se produzcan en el futuro.
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Cambiemos y la regulación del órgano de control
En el primero de los proyectos, Kneeteman propone ampliar el número de vocales de tres a cinco, incluyendo los propuestos por los bloques de la mayoría y la primera minoría de la Cámara de Diputados, tal como se acordó en la Reforma. En la misma iniciativa se consagra el concurso público y abierto para acceder a los cargos del Tribunal de Cuentas, se fija la incompatibilidad de los cargos con cualquier otro empleo y se equipara la remuneración con la de un juez de una Cámara de Apelaciones. Del mismo modo, se consolida la autonomía funcional del órgano al otorgarle al plenario del Tribunal de Cuentas el poder de nombramiento de los secretarios letrado y contable del Tribunal, dejando de lado la exclusiva facultad que tenía el Poder Ejecutivo de designar esos cargos.
El proyecto define claramente al Tribunal de Cuentas como “un órgano extrapoder” para afianzar su autonomía funcional y separarlo del resto de los poderes del Estado.
El segundo proyecto de ley regula el concurso público al que deben someterse obligatoriamente los postulantes a ocupar los cargos del Tribunal de Cuentas, contador y tesorero general de la Provincia.
Sugiere la creación de un Jurado de Concursos Públicos -de nueve miembros- para funcionarios de órganos de control que deberá examinar la idoneidad y seleccionar los candidatos que conformarán la terna, de la cual surgirá el elegido por el Poder Ejecutivo para ocupar el cargo en cuestión y remitir su propuesta de designación al Senado.