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PROVINCIALES

21 de abril de 2023

PROHÍBEN EN ENTRE RÍOS LAS DIFERENCIAS DE PRECIOS SEGÚN EL MEDIO DE PAGO UTILIZADO

La Dirección de Defensa al Consumidor de Entre Ríos dispuso prohibir efectuar diferencias de precios entre operaciones de contado, de crédito y de débito.


La Dirección de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial de Entre Ríos, se hizo eco de innumerables quejas y denuncias formuladas por usuarios de comercios y entidades financieras, por el cobro indebido de diferencias económicas por las operaciones de compras.

e pudo establecer que era, prácticamente normal en los últimos tiempos, producir diferenciaciones económicas con reducciones de los montos a abonar, como también aumentos de los costos, por el uso de tarjetas de créditos y de débito.

En las presentaciones, se hizo saber que las compras que se abonaban al contado, no tenían inconvenientes, y dónde sí se registraron problemas por aparentes deslealtades de los comercios y firmas, era en los pagos con instrumentos financieros; publicó Uno Entre Ríos.

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Ante esto, en los últimos días, Defensa al Consumidor de la provincia, tomó la resolución que le autoriza la normativa, para poner punto final a este tipo de acciones ilegales.

Por ello, emitió en el el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos, la Resolución Nº 0233 que establece: «la prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y en un pago con tarjeta de crédito, compra o débito».

Se remarcó, que » Deberá extenderse a toda otra operación para la adquisición de bienes y servicios, por parte de consumidores finales, que sea cancelada con cualquier medio de pago digital habilitado a tal efecto, a través de transferencias electrónicas, de la utilización de billeteras virtuales y/o cualquier otro medio similar, a través de los cuales los proveedores reciban dichos pagos».

Dicho esto, se recordó que este tipo de irregularidades, como otras, podrán denunciarse ante el Organismo a través de https://www.entrerios.gov.ar/defensadelconsumidor/index.php?&codppal=15

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