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PROVINCIALES

25 de enero de 2019

Rechazaron la acción de amparo que se había presentado contra el adelantamiento de las elecciones

La doctora Elena Albornoz rechazó el amparo presentado por el Dr Alejandro Carbó contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos con el fin de que se declare la nulidad de los decretos que establecen el adelantamiento de las elecciones provinciales. Consideró que Carbó no acreditó cuál es el derecho vulnerado y además sostuvo que el amparo no es la vía para el dictado de la inconstitucionalidad de una norma.

La doctora Elena Albornoz, Jueza de Feria, resolvió rechazar el amparo deducido por el Dr Alejandro Carbó contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, con el objeto que se declare la nulidad de los decretos 4312 y 4313, dictados por el Poder Ejecutivo Provincial estableciendo el cronograma electoral para las elecciones a realizarse este año, tanto para las elecciones generales como para las PASO; entendiendo que los mismo son inconstitucionales.

La magistrada fundamentó la resolución entendiendo que el amparista (Dr. Carbó) no acreditó cuál es el derecho vulnerado, ni tampoco que se encuentre legitimado para pedir protección de derechos colectivos o una acción de clase. Asimismo, la Dra Albornoz sostiene que la vía para el dictado de la inconstitucionalidad de una norma, no es el amparo. (APFDigital)

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