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LOCALES

3 de noviembre de 2017

INADI condenó a la fiscal adjunta EUGENIA MOLINA que posteó la frase

Demoledor dictamen contra una entrerriana, a un paso de ser jueza de Garantías. "La limitación en el libre flujo de ideas que no incitan a la violencia anárquica es incompatible con la libertad de expresión", concluyó el organismo nacional.

El Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y el Racismo dejó en manos de la Justicia la conducta de una fiscal auxiliar, quien en su perfil de Facebook puso frases discriminatorias castigadas en el Código Penal.

Eugenia Ester Molina se desempeña como fiscal auxiliar en Federal y debe presentarse ante el Senado para prestar acuerdo, luego de que el vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Emilio Castrillón, patalee para que esos cargos tengan acuerdo, que no son evaluados por el Consejo de la Magistratura.

Lo denunciado

La doctora puso en su Facebook frases como: "Hay una gran diferencia entre lo que es una persona de color y un negro de mierda"; "Hijo de Don Piketero y Doña Planera, nieto de Peronia y alumno de Baradel. En una palabra, está frito el pobre pibe

El diputado provincial, Alejandro Bahler, presentó una denuncia en el Inadi ante las manifestaciones claramente discriminatorias y las referencias a una pertenencia política partidaria. Pero no quedó ahí. La senadora Nancy Miranda (Frente para la Victoria-Federal) puso toda esa información en conocimiento del STJ, que luego fue enviada al procurador general, Jorge García, de quien depende Molina.

La condena

Silvia Campos, delegada del organismo nacional con sede en Entre Ríos, analizó en su dictamen de 15 fojas uno por uno los dichos de la fiscal y los encuadró en normas nacionales e internacionales respecto al principio de igualdad y no discriminación.

La funcionaria argumentó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostiene que "la limitación en el libre flujo de ideas que no incitan a la violencia anárquica es incompatible con la libertad de expresión y con los principios básicos que sostienen las formas pluralistas y democráticas de las sociedades actuales".

Y agregó que las consideraciones que hizo Molina "de ninguna manera suponen que el derecho a la libre expresión sea un derecho absoluto, pues si bien es indubitable la amplia protección que el derecho nacional e internacional otorgan a la libertad de expresión, debe valorarse en la misma medida la prohibición de discriminación, ya que ambos derechos fundamentales pueden entrar en conflicto en atención a su necesario carácter relativo". En ese sentido -continúa Campos- la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que "es importante destacar que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, éste puede ser objeto de restricciones".

Para Campos, las expresiones de Molina tienen "un profundo contenido racista" y encuadran en el "estigma social que pesa sobre las personas que no responden al paradigma etnocentrista dominante, apelando en forma directa a asociar potenciales hechos delictivos cometidos por jóvenes provenientes de sectores en situación de vulnerabilidad social, con el color de piel negro".

Así como la funcionaria analizó la frase "hay una gran diferencia entre lo que es una persona de color y un negro de mierda", hizo lo mismo con todas las demás.

El Inadi llegó a la conclusión que la conducta denunciada se encuadra en la ley 23.592, que penaliza los actos discriminatorios. Es así que Campos escribió en su dictamen que deja "en la órbita de la Justicia la determinación fehaciente de la pertenencia de las cuentas a la denunciada Molina". Este tipo de hechos son reprimidos con una pena de un mes a tres años.

Molina, el lunes 18 de septiembre, tuvo su entrevista personal en el Consejo de la Magistratura para acceder al Juzgado de Garantías de Federación, concurso en el que quedó primera.

Fuente: Página Judicial.Autor: Federico Malvasio.

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