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SOCIEDAD

23 de noviembre de 2016

Avanza el proyecto que modifica reajustes y plazos de los alquileres

Buscan actualizar los alquileres mediante un coeficiente. Lo propone un proyecto que sería tratado hoy por el Senado. Sería anual. Dependería del índice de precios al consumidor y de la variación salarial.

El Senado nacional le daría hoy media sanción a un proyecto de ley que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación para que los reajustes de los alquileres en todo el país sean anuales y determinados por un coeficiente elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

El proyecto fue impulsado por asociaciones de inquilinos de todo el país y presentado por la senadora Silvina García Larraburu (Frente para la Victoria-Río Negro). Desde el despacho de la parlamentaria dijeron que el tratamiento está casi asegurado porque está en el Orden del Día.

La iniciativa establece que "el precio de la locación sólo podrá ser reajustado anualmente según el índice de actualización elaborado oficialmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)", y que este índice deberá tener en cuenta "la evolución del índice de precios al consumidor (IPC) y del coeficiente de variación salarial (CVS) -o los que en el futuro los reemplacen-, promediados en partes iguales".

El proyecto también modifica el plazo mínimo de alquiler de un inmueble, que pasará de 2 años, como es ahora, a 3 años. "El contrato de locación, cualquiera sea su destino -dice el texto-, si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considera celebrado por el plazo mínimo legal de tres años".

Además, de aprobarse la norma tal como fue despachada por la Comisión de Legislación General del Senado, se establecerá un período obligatorio de 60 días -antes de la finalización de cada contrato- para la renegociación del vínculo contractual.

Garantías y depósitos

Los otros cambios importantes tienen relación con los depósitos y garantías que se exigen para alquilar. La norma propuesta establece que el depósito de garantía deberá ser equivalente al monto de un mes de alquiler (en lugar de un mes por cada año de contrato como se acostumbra ahora). Y que si el monto depositado no se ejecuta por alguna razón fundada, deberá ser reintegrado al inquilino -al cabo del contrato- con la correspondiente actualización.

Por último, acerca de las "cargas y contribuciones por la actividad", el proyecto de ley señala: "El locatario tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originen en el destino que dé a la cosa locada. No el pago de las que graven la cosa, ni las expensas extraordinarias".

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