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ACTUALIDAD

17 de noviembre de 2021

Cambian el impuesto al cheque y excluyen de las exenciones a las criptomonedas

A partir de una modificación en la reglamentación del impuesto al cheque, el Ministerio de Economía excluyó de las exenciones a las operaciones sobre criptoactivos, criptomonedas y monedas digitales

El Gobierno resolvió a partir de la modificación de la reglamentación del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, conocido como impuesto al cheque, que las operaciones con criptomonedas estarán alcanzadas con este gravamen.

Así lo estableció en el Decreto 796/21 publicado este miércoles en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

Puntualmente, la normativa fija que “las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.

A partir de las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo a través de la Ley de Competitividad de establecer exenciones totales o parciales del impuesto en aquellos casos en que lo estime pertinente es que se avanza en este gravamen luego de que el Bitcoin alcanzara la semana pasada los máximos históricos, cuando rozó los 69.000 dólares.

En los considerandos se apunta que el Banco Central en el marco de la pandemia por el coronavirus estableció un nuevo marco de funcionamiento para extender las transferencias electrónicas.

En este sentido, la entidad emitió la Comunicación “A” 7153 del 30 de octubre de 2020, la cual actualizaba el Sistema Nacional de Pagos y estableció lo que se conoce como “Transferencias 3.0”, que impulsa los pagos con transferencia a través de códigos QR estandarizados.

De esta manera, las personas usuarias y los comercios se pueden beneficiar de las ventajas inherentes a las transferencias inmediatas, que son más accesibles y favorecen modos de pago más eficientes y seguros. Justamente el nuevo decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial otorga un conjunto de exenciones a la aplicación del impuesto al cheque para la aplicación del programa “Transferencias 3.0″.

Según lo dispuesto por la autoridad monetaria, desde el 29 de noviembre, todas las empresas que hayan desarrollado billeteras virtuales deben tener las credenciales completamente integradas -permitiendo así la plena interoperabilidad- para participar del Sistema Nacional de Pagos.

Como consecuencia de esta iniciativa, el Gobierno evaluó necesario adecuar la normativa relativa al tratamiento impositivo de los nuevos actores, entre los aparecen las criptomonedas.

Fue así que se advirtió la necesidad de "actualizarse y armonizarse las exenciones para las cuentas de empresas que brindan el servicio de procesamiento y/o liquidación de pagos de terceros a través de diversos medios electrónicos, ya sea presencial como no presencial, tanto para el cobro de impuestos y servicios públicos, como de bienes y servicios".

Asimismo, en los fundamentos se señala que el Proyecto de Ley de Presupuesto 2022 explicita que "busca ser la hoja de ruta para las políticas públicas hacia una economía más tranquila, con más oportunidades para todas y todos junto con la definición de un sendero fiscal sostenible en el mediano plazo".

"En este contexto, resulta prudente limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales o similares", se fundamentó en el decreto.

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