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1 de diciembre de 2014

El STJ dejó sin efecto los acuerdos que permitían a los jueces la eximición de aportes al IOSPER

El Superior Tribunal de Justicia dejó sin efecto los acuerdos de los años 2002 y 2003 por el cual el alto cuerpo judicial se autorizaba a dejar de aportar al IOSPER. La decisión actual surge del Acuerdo General N38, recientemente firmado

El Superior Tribunal de Justicia dejó sin efecto los acuerdos de los años 2002 y 2003 por el cual el alto cuerpo judicial se autorizaba a dejar de aportar al IOSPER. La decisión actual surge del Acuerdo General N38, recientemente firmado  por los vocales Susana Medina De Rizzo, Carlos Chiara Díaz, Daniel Carubia, Germán Carlomagno, Bernardo Salduna, Leonor Pañeda, Emilio Castrillon y Juan Ramón Smaldone y la presidenta Claudia Mizawak.  Fue precisamente Mizawak quien sometió a consideración de sus pares el asunto, lo remitió al procurador general Jorge Luciano Amilcar García y consideró que la situación actual “difiere sustancialmente de aquella que determinó el dictado de las acordadas, hace 11 años, quedando éstas actualmente fuera de contexto”. La titular del STJ mencionó que fue determinante también el encuentro explicativo que mantuvieron los jueces del máximo cuerpo provincial con el titular de la obra social, Fernando Cañete. Apenas asumió hace tres meses,  Cañete había dicho que entre los objetivos de su gestión es dialogar con los jueces para que vuelvan a aportar a la obra social, tal como lo mandata el Decreto-Ley 5326/73 de creación del IOSPER, que establece la obligatoriedad del aporte al régimen por parte de trabajadores estatales, incluidos los jueces y funcionarios del Poder Judicial entrerriano.

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La presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Claudia Mizawak, puso a consideración “la cuestión relativa a las autorizaciones que este Tribunal ha otorgado a Magistrados, Funcionarios y empleados de este Poder Judicial de Entre Ríos, para no efectuar el aporte personal al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos -IOSPER-, a partir de los antecedentes ‘Ahumada’ y ‘Perosi’ (Acuerdos Generales N° 40/02 del 26-11-02, Punto 5º), y N° 05/03 del 11-03-03, Punto 4º), respectivamente”. Aquellos polémicos acuerdos facultaba a la “Contaduría General del Poder Judicial a no practicar los descuentos mensuales correspondientes, todo condicionado a la acreditación de contratación de cobertura de salud suficiente, no utilización de las prestaciones brindadas por el IOSPER y mantenimiento del aporte a cargo del Estado”. Es decir, planteaba la posibilidad de eximición del pago de la cuota a la obra social, pese a que todos los trabajadores y funcionarios del Estado provincial están obliga a realizar.


En aquella oportunidad, las acordadas echaron manos al argumento–aparte de que las prestaciones eran insuficiente para el nivel de aporte que en virtud de los altos sueldos realizaba los jueces– de la intangibilidad de los sueldos de jueces.

El procurador Jorge A. Luciano García en su dictamen de estas últimas horas, citando jurisprudencia, declara la validez constitucional del artículo 3º del Decreto-Ley 5326/73 de creación del IOSPER, que establece la obligatoriedad de dicho régimen -entre otros- para funcionarios, magistrados, empleados y agentes que desempeñen cargos en cualquiera de los poderes del Estado provincial y municipal, sus reparticiones u organismos autárquicos y opinó que “debe dejarse sin efecto lo dispuesto en las Acordadas 40/02 y sucesivas, intimándose a los integrantes del Poder Judicial que aún se encuentren en esa condición, a que formalicen su reinserción al sistema de la Obra Social Provincial”.

Por su parte, según se desprende de la nueva acordada dada a conocer por el departamento de prensa del Poder Judicial, la presidenta del STJ “destaca que la situación actual del IOSPER en relación a su servicio prestacional, difiere sustancialmente de aquella que determinó el dictado de las acordadas, hace 11 años, quedando éstas actualmente fuera de contexto”. Al respecto, recuerda que “en la última reunión mantenida con el presidente del IOSPER, Fernando Cañete informó acerca de una serie de convenios que la Obra Social firmó con distintos prestadores de salud, tanto de la Provincia como fuera de ella, a los fines de una mayor cobertura para sus afiliados”.

Apenas asumió Cañete, y en virtud de que accedió al cargo en la obra social a través del gremio de los trabajadores judiciales, AJER, ANÁLISIS DIGITAL le preguntó sobre la autoeximición de los jueces para realizar los aportes al sistema solidario de obra social, dijo que se buscará el reingreso de los jueces al sistema. Y en otra entrevista de este mismo portal, luego dijo: “Me parece que quienes dictan justicia no pueden estar en contra del cumplimiento de una ley, es por eso que quiero avanzar en este aspecto tanto con el Supremo Tribunal de Justicia como la Asociación de Magistrados”.

“Los señores vocales –reza el acuerdo nuevo– aprecian que ciertamente hoy se asiste a distintas circunstancias, situación y marco socio económico por el que atraviesa la Provincia y su Obra Social, diferente al que imperaba en la oportunidad en que fueran dictadas las acordadas de referencia, advirtiéndose un apreciable mejoramiento de las prestaciones de la Obra Social Provincial”. Luego de un intercambio de puntos de vista, se acuerda:

1º) Dejar sin efecto, a partir de la fecha del presente acuerdo y hacia el futuro, los acuerdos Generales N° 40/02 del 26-11-02, Punto 5º), N° 05/03 del 11-03-03, Punto 4º) y sus concordantes, sólo en cuanto facultan a Presidencia y/o al Tribunal de Superintendencia a analizar y resolver cada caso concreto de solicitud de eximición de aportes personales a la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER).

2º) Comunicar la nueva disposición a todos los integrantes del Poder Judicial.

3º) Hacer saber lo dispuesto a la Contaduría General del Poder Judicial y a todas las Superintendencias del Poder Judicial.

4º) Dar a publicidad.

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