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GENTE

5 de octubre de 2016

Malestar por el cronograma de pagos a los jubilados

La Federación de Jubilados y Pensionados Provinciales de Entre Ríos envió un comunicado de prensa a la Redacción, ante la extensión del cronograma de pagos de los haberes jubilatorios a los pasivos provinciales.

En el mismo reitera lo ya manifestado en las solicitadas publicadas el 12 de enero de 2010, 9 de noviembre de 2011, 7 de marzo de 2013, y 6 de enero de 2015, en referencia a la disconformidad con el Decreto 4940 GOB publicado en el Boletín Oficial del 22 de agosto de 2008.

El decreto 4940 menciona que los haberes mensuales de los agentes públicos de los tres (3) poderes del Estado provincial, sin excepción alguna, serán abonados de acuerdo al cronograma que confeccione la Secretaría de Hacienda, el que no podrá exceder del día diez (10) del mes siguiente al que fueran devengados. Pero, para los haberes previsionales establece que “serán abonados dentro de los veinte (20) días siguientes al mes en que fueran devengados”

Por lo tanto la Federación de Jubilados Provinciales de Entre Ríos solicita que “las autoridades consideren el perjuicio que generan los alcances de la norma mencionada y el trato discriminatorio que se produce”.

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