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GENTE

3 de octubre de 2014

A partir del 1º de enero regirá el nuevo aumento empleadas de Casas de Familia

El Sindicato Empleadas de Casas de Familia de Entre Ríos dio a conocer la nueva escala salarial aprobada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Se trata de las nuevas remuneraciones mensuales mínimas que quedan establecidas a partir de su aprobación el pasado 29 de septiembre pasado y que regirán desde el 1 de enero de 2015.

Según el Ministerio nacional fijó a partir del 1° de septiembre de 2014, y a partir del 1° de enero de 2015 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal comprendido en el régimen establecido por la Ley Nº 26.844 que se establecen en el Anexo 1 y el Anexo 2 respectivamente, que forman parte integrante de la presente.

Las adecuaciones salariales dispuestas por la resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación, sin perjuicio de las facultades asignadas por la Ley Nº 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

En aplicación desde el 1º de septiembre

Resolución 1062/2014
1) Supervisor/a coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo
Personal con retiro Hora: $ 37 Mensual: $ 4740
Personal sin retiro Hora: $ 41 Mensual: $ 5280

2) Personal para tareas específicas. Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo
Personal con retiro Hora: $ 35 Mensual: $ 4404
Personal sin retiro Hora: $ 38 Mensual: $ 4902

3) Caseros Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $ 34 Mensual: $ 4296
4) Asistencia y cuidado de personas. Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
Personal con retiro Hora: $ 34 Mensual: $ 4296
Personal sin retiro Hora: $ 37 Mensual: $ 4788

5) Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Personal con retiro Hora: $ 30 Mensual: $ 3864
Personal sin retiro Hora: $ 34 Mensual: $ 4296

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

A partir del 1º de enero

1) Supervisor/a Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo
Personal con retiro Hora: $ 40 Mensual: $ 5135
Personal sin retiro Hora: $ 44 Mensual: $ 5720

2) Personal de tareas específicas. Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar, dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
Personal con retiro Hora: $ 38 Mensual: $ 4771
Personal sin retiro Hora: $ 42 Mensual: $ 5311

3) Caseros Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo Hora: $ 36 Mensual: $ 4654

4) Asistencia y cuidado de personas. Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
Personal con retiro Hora: $ 36 Mensual: $ 4654
Personal sin retiro Hora: $ 40 Mensual: $ 5187

5) Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar
Personal con retiro Hora: $ 33 Mensual: $ 4186
Personal sin retiro Hora: $ 36 Mensual: $ 4654
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

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