JUDICIALES
4 de enero de 2022
Fiscal y pericia oficial pulverizaron la denuncia con la que Iguacel rescindió un contrato de la autopista
Delgado fulminó la acusación inicial y pidió el archivo de causa iniciada contra AECSA (del Grupo Indalo) y que derivó en la quita de la concesión. Incorporó un peritaje de la Corte que comparó lo actuado por Dietrich y resultó lo contrario: se terminó favoreciendo de manera irregular a Autopistas del Sol y Grupo Concesionario del Oeste.
Un dictamen del fiscal federal Federico Delgado fue demoledor con una denuncia penal iniciada durante la gestión de Cambiemos. Pero no solo pulverizó la acusación motorizada por el exdirector de Vialidad Nacional Javier Iguacel con el objetivo de rescindir una concesión de autopistas bajo el control del Grupo Indalo –en plena embestida contra el holding por el caso Oil Combustibles-, sino que pide investigar a los denunciantes y pone la lupa en las serias irregularidades detectadas durante esta investigación sobre quienes tienen a su cargo la explotación de los Accesos Norte y Oeste: Autopistas del Sol (exsocios de la familia Macri) y Grupo Concesionario del Oeste (GCO, del grupo Abertis). Para arribar a esa conclusión en la que pide el archivo del expediente por no existir delito penal, se incorporó otro peritaje de la Corte Suprema en el que se plasmó que las mismas irregularidades que se habían denunciado sobre la firma AECSA, controlada por Esuvial de Cristóbal López, nunca habían ocurrido. Pero que, en cambio, esos delitos sí se terminaron consumando en los casos de los accesos Norte y Oeste a través de los Acuerdos de Renegociación Integral (ARI), firmados en 2017, por impulso del entonces Ministro de Transporte, Guillermo Dietrich. Delgado solicitó que parte de estos hallazgos pasen a engrosar la causa “Autopistas”.
“No se ha logrado verificar mínimamente una hipótesis fáctica sobre la base de la cual se pueda consolidar el impulso de un proceso y sujetar al mismo a sus posibles responsables con el horizonte de un juicio criminal y la adjudicación de responsabilidad penal. Cerrado ese camino, la misma suerte debe correr el proceso”, anticipó Delgado en el escrito dirigido al juez Sebastián Casanello, al que tuvo acceso Ámbito. El fiscal subrayó que no habría manera de tomar otro camino sin apelar a la “arbitrariedad”, algo inaceptable desde el punto de vista republicano y constitucional. Parece dirigirse a contrastar lo que habitualmente se conoce como “armado de causas”.
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Iguacel había presentado su denuncia penal el 15 de septiembre de 2017, casi en paralelo a la rescisión del contrato de AECSA para explotar la autopista Ricchieri-Ezeiza. Pero el 23 de marzo de 2016 (9 días después de la denuncia de AFIP por Oil), la empresa había sido intervenida, aduciendo que se apropiaba de los Recursos de Asignación Específica (RAE) los que omitía depositar y acumulaba sanciones y multas por incumplimientos que ameritaban la cancelación del contrato. Se ponía bajo sospecha que AECSA había pasado a integrar Indalo en 2014 y en 2015 había alcanzado su Acuerdo de Renegociación Integral que tenía fecha del 30 de octubre de 2015. Allí se permitía incrementar la tarifa a partir de una tasa de retorno específica y se extendía la concesión hasta 2031. Pero ese acuerdo jamás se efectivizó. Y fue anulado en abril de 2016 por Iguacel.
La denuncia tenía todo tipo de condimentos: que se apropiaban del RAE (que eran fondos públicos) para dirigirlo hacia otras empresas del holding y que habían tenido un trato preferencial con el OCCOVI para extender la concesión. Desde el inicio se verificó falso que los RAE fuesen fondos del Estado, sino que eran parte integrante de la tarifa, en medio de una madeja de incumplimientos mutuos de las concesionarias y el Estado una vez que se desbalancean las ecuaciones económico financieras de las empresas a partir de la salida de la convertibilidad. También se demostraría que –al contrario de AUSOL y GCO- AECSA era la única que había dado pérdida y no había repartido dividendos entre sus accionistas. Por el contrario, había recibido inyecciones de fondos. “La gramática latente de la denuncia ha sido colocada fuertemente bajo sospecha, de mínima por cierta incoherencia pragmática, de máxima por posibles intencionalidades opacas”, destacó Delgado en su escrito.
Pero el peritaje de la Corte descubrió otras cuestiones: “Los Acuerdos de Renegociación Integral (ARI) suscriptos con AUSOL y GCO en el 2017 dejaban sin efecto las penalidades impuestas en virtud de los incumplimientos detectados”, y “los importes de las multas que no estaban firmes fueron deducidos del monto de inversión no amortizada considerados en los ARI”. Se consignaba que “por cuestiones de justicia correspondía liberar a los concesionarios de dichas deudas”. “A la vez, -dijo Delgado- los ARI estipularon la devolución de los montos abonados por las empresas en concepto de RAE. Así, se efectuó la devolución a AUSOL de $2.849.020.951 y a GCO de $1.424.773.935”. Mientras AECSA era denunciada, las otras dos empresas (una de ellas socia de SOCMA) eran beneficiadas por el Gobierno de Mauricio Macri bajo el mismo argumento que apuntalaba la denuncia contra la concesionaria del Grupo Indalo. “Contrariamente, y toda vez que el ARI negociado con AECSA no fue finalmente firmado, sí se reclamó a AECSA el pago de las multas facturadas a partir del año 2016”, remarcó el fiscal.
Iguacel a la par que denunció a AECSA, rechazó el ARI e intervino la empresa, acordó con AUSOL y GCO compensaciones de deuda y hasta incluso devoluciones de RAE. “En síntesis, existió un reconocimiento ex post de los desequilibrios en las ecuaciones económico-financieras, pero de manera asimétrica al tratamiento dado a AECSA. Una suerte de espejo invertido de lo insinuado en relación al ARI suscripto por esa firma y el OCCOVI”, dijo Delgado en lo que se podría constituir como un “Lado B” de la causa. “El RAE no depositado figuraba en los estados contables de AECSA como una deuda y que según balances de AUSOL y GCO durante el año 2017, ambas debían montos de RAE”, lo que implicaba que ninguna había hecho ese depósito. Pero para peor, el peritaje detectó que la empresa intervenida por Vialidad depositó menos montos por RAE todavía y argumentó que no se podían sostener los gastos operativos.
“No habría existido una apropiación indebida de los recursos retenidos para hacerlos formar parte de su patrimonio en forma irreversible, sino la contracción de deuda así asentada en los estados contables”, subrayó el dictamen de archivo.
Pero algo todavía más llamativo es que las tres, “AUSOL, AECSA y GCO registraban una importante cantidad de multas. En particular, aquellas impuestas a AUSOL y GCO, superaban los máximos del 25% y 35% establecidos en los contratos de concesión, lo que, según lo establecido, era causal suficiente de rescisión”. Ese dato es central para la causa que lleva adelante la jueza María Eugenia Capuchetti, adonde Delgado pidió girar los hallazgos. Esas deudas –en lugar de generar la rescisión- terminan siendo condonadas en el ARI de 2017 (Dietrich) mientras que Iguacel arrebataba la concesión de AECSA de Indalo para ponerla bajo la órbita de Corredores Viales y del Programa de Participación Público Privada.
El complejo marco normativo heredado tras el abandono de la convertibilidad fijaba que todo se renegociara para Accesos Norte y Oeste en 2006 y para AECSA en 2007, pero mientras esta última no había hecho un reclamo, tanto AUSOL como GCO habían iniciado acciones contra el Estado ante el CIADI debido al incumplimiento relativo a la renegociación contractual. Ese reclamo es la base de la causa “Autopistas”, porque sirvió de excusa para acelerar los ARI y reconocerle a las empresas una deuda multimillonaria en dólares.
Pero hubo más hallazgos según el dictamen:
Mientras AUSOL y GCO obtuvieron resultados positivos durante los períodos analizados, AECSA poseía un flujo de fondos acumulado hasta el 31.12.15 negativo, lo que significa que el inversor no recuperó los montos invertidos
Mientras AUSOL y GCO repartieron dividendos y anticipos de dividendos durante los ejercicios 2017 y 2018, así como gastos en concepto de honorarios por asesoramiento técnico a favor de sociedades vinculadas o relacionadas y accionistas.
AECSA no aprobó dividendos a sus accionistas u honorarios a sus directores en el período comprendido entre el 2007 y el 2016. A la par, que en AECSA se identificaron aportes de capital entre los años 2006 y 2013, mientras que ni AUSOL ni GCO realizaron aportes de capital a fin de reintegrar pérdidas sociales entre los años 2008 y 2018.
Para abundar, Delgado señaló que “Iguacel sostuvo, al ratificar la denuncia, que intentaron regularizar la situación de la concesión, pero ´como no logramos regularizarla ni logramos que cumplieran el contrato, realizamos la denuncia´. Las constancias incorporadas demuestran lo contrario: tenían un claro conocimiento, dado que denuncian varios años después de intervenir la sociedad, con negociaciones en marcha con los otros concesionarios por la readecuación de sus contratos, por el trato dispar de aplicación y reclamos de multas y el proyecto PPP en marcha donde se incluía el corredor vial”.
Otra vez un peritaje de la Corte desmiente una denuncia penal que derivó en un quite de concesión pero que –a diferencia de otros casos- habilitó una instancia de negociación en beneficio de otras dos concesionarias. Mientras el Gobierno prepara una denuncia con los hallazgos de una auditoría propia en Transporte, para rescindir Acceso Norte y Oeste, encuentra un documento técnico que almacena las posibles pruebas de esos delitos.