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REGIONALES

6 de septiembre de 2021

El Municipio de Feliciano pondrá a la venta 18 lotes para la construcción de viviendas

La Municipalidad de Feliciano pondrá a la venta 18 lotes de entre 200 y 288 metros cuadrados a un precio que va desde 690 a 920 mil pesos para la construcción de viviendas · El Gobierno local sorteará los terrenos entre todas las personas que se inscriban y cumplan con los requisitos.

Quienes salgan favorecidos con el sorteo deberán hacer una entrega de al menos el 30% del lote. El saldo podrá ser financiado hasta en 24 cuotas con un interés equivalente al 50% de la tasa pasiva del Banco Nación.

En caso de pago total al contado, se prevé un descuento del 25%.

Se podrán inscribir como posibles adquirentes aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

a. Ser argentino/a natural o por opción, mayores de 18 años.

b. Registrar domicilio legal en la localidad de San José de Feliciano con una antigüedad minima de 5 años.

c. Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.

d. Percibir ingresos netos equivalentes a tres veces el valor de la cuota, del grupo familiar, matrimonio o Unión Convivencial.

e. Presentar un garante con iguales condiciones que posee el adquirente.

f. No ser beneficiario/a de algún Programa Habitacional (Municipal, Provincial o Nacional) o haber renunciado a uno de ellos en los últimos 10 años. Se incluyen en este punto las intervenciones habitacionales que realiza la Municipalidad.

g. Que no sean titulares registrales de inmueble y/o beneficiarios de un convenio de tenencia sobre inmueble de titularidad o propiedad inminente del Estado Municipal.

Además, deberán presentar la siguiente documental:

a. Fotocopia del DNI.

b. Recibos de sueldo y/o constancia de ingresos y/o comprobantes de pago por prestación de servicios y/o estado de cuenta bancaria caja de ahorro o cuenta corriente y/o declaración jurada de ingresos.

c. Constancia expedida por Departamento Catastro de la Municipalidad de donde surja que la persona no registra inscripciones de inmuebles bajo su titularidad y/o informe expedido por el Registro Público de la Propiedad Inmueble, a través de una búsqueda por titular.

d. Constancia negativa emitida por la Secretaria de Desarrollo Humano de la Municipalidad y/o declaración jurada, manifestando que no gozan ni recibieron beneficios por parte del Estado, destinados a resolver necesidades habitacionales, en los últimos diez años (quedan incluidas en este punto, intervenciones de obra en viviendas).

e. Declaración Jurada, manifestando no ser pariente consanguineo. hasta el segundo grado, de funcionarios del Poder Ejecutivo y/o Miembros del Honorable Concejo Deliberante. (APFDigital)

 

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