JUDICIALES
3 de abril de 2018
Tres años y seis meses de prisión para el ex vicegobernador Alanis
El ex vicegobernador Héctor Alanis y el ex senador Humberto Re fueron condenados a tres años y medio de prisión por un millonario desvío de fondos públicos. El tribunal también dispuso su inhabilitación para ejercer cargos públicos y deberán pagar una multa. De todas maneras, continuarán en libertad hasta que la sentencia quede firme. También fueron condenados José Maximiliano Crettón Pereyra y Maximiliano Alanis, aunque recibieron penas de prisión condicional.
De la Redacción de Página Judicial
El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná impuso duras penas al ex vicegobernador Héctor Alanis (PJ) y el ex senador Humberto Re (UCR) por el desvío de fondos del Senado en 1999, durante la segunda gestión de Jorge Busti como gobernador.
Alanis y Re fueron condenados a tres años y seis meses de prisión, aunque el tribunal decidió mantener el estado de libertad para ambos hasta que la sentencia quede firme. También se dispuso su inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos y se les impuso una multa de 90.000 pesos.
El tribunal, además, dispuso la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos y les impuso una multa de 90.000 pesos. Sin embargo, ambos permanecerán en libertad hasta que la sentencia quede firme.
Unas horas antes de que se diera a conocer el veredicto, el abogado Julio Federik, defensor de Alanis, había adelantado al programa 5 Esquinas, que se emite por Radio Costa Paraná, que apelaría un eventual fallo adverso. Del mismo modo se supone que lo harán Humberto Re (hijo) y Tulio Kamlofsky, defensores del ex senador Re.
También fueron condenados José Maximiliano Crettón Pereyra y Maximiliano Alanis, ex asesores parlamentarios, quienes confesaron haberse apropiado de fondos públicos en un juicio abreviado. En su caso, recibieron una condena de dos años y ocho meses de prisión condicional, como se había acordado al inicio del debate. Además, deberán cumplir tareas comunitarias durante un año, a razón de ocho horas mensuales. En el caso de Crettón Pereyra, además, deberá pagar una multa de 90.000 pesos.
La maniobra que pergeñaron para el desvío de fondos consistía en depositar en la Cuenta Corriente Número 0939/5 que el Senado tenía en el Banco de Entre Ríos SA para la administración de fondos asignados para servicios no personales –contrataciones y subsidios– para luego realizar periódicas transferencias de un programa presupuestario a otro, por distintos importes; luego Héctor Alanis, Re y Crettón Pereyra emitían cheques que finalmente eran percibidos en efectivo y por ventanilla por el propio Crettón Pereyra, Maximiliano Alanis y otras personas contratadas por el Senado.
El tribunal hizo hincapié en la “flexibilidad” y “laxitud” de los organismos de control como elemento clave para que la “organización delictiva” pudiera pergeñar la maniobra que permitió el desvío de varios millones de pesos cuyo destino es incierto.