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ECONOMIA Y NEGOCIOS

21 de septiembre de 2021

Abren las inscripciones para el REPRO II septiembre 2021

El Ministerio de Trabajo habilitó la inscripción al Programa REPRO II para pagar los salarios de septiembre. Quienes deseen anotarse podrán hacerlo entre el 24 y el 30 de este mes. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y llevó la firma del titular de la cartera laboral, Claudio Moroni.

Mediante la Resolución 568/2021, el Ministerio de Trabajo determinó que los empleadores alcanzados por el beneficio deberán demostrar una reducción superior al 20 por ciento en la facturación de su empresa. Este monto se calculará mediante la comparación de los meses de agosto del 2019 y el mismo mes de este año.

"En el marco de la pandemia del COVID-19, y el consecuente desarrollo e implementación del “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos” para afrontar la situación económico y social producto de dicha pandemia, resulta pertinente extender al mes de Septiembre de 2021 el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos”, fundamentaron desde la cartera de Trabajo.

¿Qué es el REPRO II?

El REPRO II es un programa de ayuda económica para los sectores que se hayan visto más afectados por la pandemia de coronavirus. Quienes deseen anotarse para recibir el beneficio deberán iniciar el trámite en la página web oficial informada por las autoridades nacionales.

El pago del beneficio se realizará mediante el depósito por parte del Estado Nacional de las sumas correspondientes en las cuentas bancarias de los trabajadores y las trabajadoras. Este será considerado como un desembolso a cuenta de los salarios a cargo de los empleadores adheridos al Programa.

¿Cuánto se paga?

Según la actividad llevada adelante por el empleador se determina el monto a pagar por el programa de asistencia. Quienes forman parte de los sectores no críticos recibirán una ayuda de hasta 9 mil pesos mensuales, los sectores críticos hasta 22 mil pesos y el sector de salud hasta 22 mil.

Requisitos Repro II

  1. Tener domicilio fiscal electrónico.
  2. Nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y Clave Bancaria Uniforme de la trabajadora o del trabajador.
  3. Completar, vía formulario web, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.
  4. Certificación Contable de la veracidad de la información incluida en el formulario web, certificada por el Consejo de Ciencias Económicas (empleadores de 800 o más trabajadores).
  5. Último balance del ejercicio exigible. Tiene que estar certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. La certificación podrá ser hológrafa o digital.

La presentación del balance del último ejercicio cerrado no será requerida para:

  • Las asociaciones civiles y todo otro empleador o empleadora que no esté sujeto a la presentación del mismo: monotributistas y autónomos, sociedades de hecho, SAS, fideicomisos.
  • Los empleadores y empleadoras que iniciaron su actividad económica a partir del 1° de diciembre de 2019.

Declaración jurada mediante la cual el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1° de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación.

Empresa sector salud: planilla con la nómina de trabajadoras y trabajadores excluidos, cuyas actividades laborales comprenden, en forma exclusiva, la administración y comercialización y toda otra prestación de servicios dedicada a los seguros de cobertura de salud, bajo el régimen de medicina prepaga u obra social (Resolución N° 19/2021)

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