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NACIONALES

4 de junio de 2018

En la virgen de las Nieves, Bariloche En un fallo histórico, la justicia obliga al gobierno a entregar tierras a una comunidad mapuche

Se trata de 170 hectáreas ubicadas sobre la ruta 82, a unos kilómetros del desvío al cerro Catedral, en las afueras de Bariloche. Qué dice el fallo y por qué el Gobierno de Macri ya apeló la medida.

Un fallo de la jueza María José Sarmiento dictaminó que "en el término de 60 días le transfiera a título gratuito el dominio de las tierras fiscales al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), a los efectos de su adjudicación inmediata en propiedad comunitaria al lof Trypay Antú" ¡Y es histórico!

Se trata de 170 hectáreas que actualmente se encuentran bajo control el Ejército y se adjudicarán a las familias que viven en el lof Trypay Antú, en el paraje Virgen de las Nieves en la ladera noreste del cerro Otto, a la vera de la ruta 82, muy cerca del acceso al cerro Catedral y de la ruta hacia el lago Gutiérrez.

La jueza consideró que "la Constitución reconoce la preexistencia étnica de los pueblos indígenas” y que “teniendo en cuenta todos los antecedentes” indicó que “el Poder Ejecutivo tiene facultades para disponer la adjudicación en propiedad comunitaria de las tierras cuya mensura ha sido aprobada por el INAI".

El Gobierno, de cuyos enfrentamientos con los mapuches resultaron la muerte de Santiago Maldonado y de Rafael Nahuel en represiones ilegales de Gendarmería y de Prefectura respectivamente, ya apeló el fallo.

El argumento del Gobierno

Según Cambiemos "no hay una ley de propiedad comunitaria para instrumentar una sentencia de este tipo".

Desde el INAI explicaron que "la comunidad está en su legítimo derecho de reclamar la propiedad, de acuerdo a la Constitución Nacional” aunque indicaron que “no hay una ley de propiedad comunitaria”.

Por eso argumentaron que “para que haya una norma de este tipo es necesario un acuerdo federal con las provincias y realizar una instancia de consulta con los pueblos originarios de nuestro país".

Se trata del primer fallo de la Justicia Federal que ordena la instrumentación de la propiedad comunitaria con un grupo indígena, ya que los anteriores ocurrieron en fueros provinciales.

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